Thursday, February 11, 2016

PREVENIR PARA NO LAMENTAR DESPUÉS

La aplicación de adecuados controles internos con enfoque de riesgos en la administración pública es vital para reducir actos e intentos de corrupción gubernamental. Hay crecientes preocupaciones entre empresarios y académicos respecto a la corrupción, especialmente aquellos delitos llamados “crímenes de cuello blanco”. Se busca  conocer modernas estrategias para detectar delitos económicos y aplicar con antelación determinadas herramientas. Existen presuntas irregularidades que están desarrollando nuevas y sofisticadas técnicas de corrupción. De ahí la importancia para declarar una lucha frontal contra  la corrupción.

Los estudios internacionales revelan que solo el 15% de los actos de corrupción en una organización pública es causada por fraudes cometidos por empleados de nivel bajo, el 20% son realizados por gerentes, directores y funcionarios, y el 65% por ejecutivos o empleados de nivel medio. Según las investigaciones, los delitos inherentes en el Perú son el soborno, malversación, nepotismo, dolo, suplantación, piratería, falsedad genérica, robo, defraudación de impuestos y abuso de autoridad.
La decisiones  para sancionar drásticamente los actos de corrupción merecen todo nuestro apoyo, pero no debe orientarse sólo a los corruptos, sino a toda la administración sea  pública o privada para que cumplan con los dispositivos que están escritos pero que no se obedecen,  como por ejemplo las Normas de Control Interno, Resolución 320-2006 CG, publicada  el 3 de noviembre del año 2006. De haberse cumplido esta normatividad basada en los principios de COSO-ERM, difícilmente se habrían cometido irregularidades en los programas de compras estatales, no sólo para evitar posibles actos de corrupción, sino por obliga a trabajar con transparencia en las licitaciones. 
Urge que funcionarios y empleados estén informados sobre la aplicación de los adecuados controles internos con enfoque de riesgos para que actúen con diligencia en las siguientes compras estatales y licitaciones públicas, cumpliendo de esta manera con los estándares internacionales que se exigen.
El control interno es un instrumento de gestión que se debe utilizar para proporcionar garantías razonables en el cumplimiento de los objetivos de las organizaciones. El cumplimiento de estas normas fomentará que las dependencias públicas se administren de una manera más transparente y con mayor eficiencia, redundando en un mayor valor para la propia organización, pública o privada.
Generalmente los actos de corrupción no se generan de la noche a la mañana y tampoco lo realiza una sola persona. Son procesos que toman tiempo y dónde participan dos o más personas.
Si bien es cierto que hay normas que cumplir y procedimientos por hacer, la honestidad debería ser una práctica elemental de las personas. No se requiere rigor para cumplir con las normas. Por ejemplo, si la ley dice que no se debe manejar en estado etílico, no se debería manejar en estado ebrio. Hacer trámites en el Poder Judicial al parecer “cuesta” dinero para agilizar los papeleos. Solicitar un informe también tiene un precio. Las oficinas de control interno se están llenando de denuncias y poco se está haciendo. Son las personas las que fallan y no los sistemas. Cualquier sistema sería perfecto si el hombre (varón o mujer) lo fuese. La corrupción es una lacra, pero la honestidad es una virtud que aún se puede practicar si lo queremos.

FIRMADOS Nro 205
Febrero, 2016

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