Thursday, November 24, 2011

CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DEL ACUERDO DE BASILEA III

Todos están de acuerdo que el gran reto de las microfinanzas peruanas está en el sector rural y ese es uno de los desafíos para el año 2012. También otro de los desafíos es seguir elaborando productos financieros de acuerdo con el nuevo perfil empresarial; mientras que un tercer reto está en usar modernas tecnologías de la información para la IMF.
Ello demandará que las IMF peruanas estén reforzadas patrimonialmente para asumir con éxito los retos que les espera. Al parecer la valla es un poco alta, pero no imposible de superar.
Precisamente, las normas del Acuerdo de Basilea III, cuyos planteamientos se iniciaron a finales del año pasado, exigen una mayor fortaleza patrimonial. ¿Qué plantea este acuerdo? Básicamente exige un reforzamiento de la situación patrimonial para poder afrontar los riesgos de una contracción económica muy fuerte, sin ayuda estatal, como la que se vive en los Estados Unidos y Europa.
A juzgar por los estados financieros de las IMF, los patrimonios están suficientemente fuertes para adecuarse a las normas de Basilea III que deben cumplirse en una primera parte en junio de 2012, pero la implementación de las reglas de nuevo capital estructural comenzará en enero del 2013. Todo entrará en vigencia en enero del 2015. Aunque sigue siendo una norma para los bancos, las entidades supervisadas por la SBS están comprometidas en algunos aspectos a esta norma.
En ese sentido, la adecuación para cumplir con las normas del Acuerdo Basilea III ya las instituciones peruanas lo han previsto y no tendrán ningún inconveniente en ajustarse a los requerimientos patrimoniales.
¿Pero qué es Basilea III? Es un acuerdo tomado por los gobernadores de los bancos centrales, a pedido de los países del G-20, que incluye naciones desarrolladas y emergentes, para tener un mayor patrimonio frente a crisis financieras como la que viven en Estados Unidos y Europa.
Hagamos un poco de historia. Todo empezó en 1975, cuando se crea en Suiza, el Comité de Basilea, conformado por los representantes de los bancos centrales de los países miembros del entonces G-10. Este comité se constituyó con el objeto de fortalecer los sistemas financieros nacionales e internacionales frente al lavado de activos y blanqueo de capitales, mejorar las prácticas operativas de las instituciones financieras y apoyar la expansión de los mercados.
El comité generó tres acuerdos, conocidos comúnmente como Basilea I, Basilea II y Basilea III, los cuales norman respecto a regulaciones financieras y de supervisión tendientes a determinar las adecuaciones de capital sobre la base de los riesgos asumidos por las entidades bancarias. Al inicio, las disposiciones del comité estaban dirigidas a los países miembros, pero en los últimos años su aplicación fue más globalizada y abarcó a los países emergentes.
Basilea I definió los requerimientos mínimos de capital de un banco en función del riesgo de sus activos y de los riesgos de mercado que afectaban a la institución.
Por su parte, el Acuerdo de Basilea II tuvo relación con el capital mínimo requerido por un banco dado los riesgos a que estaba expuesto.  Se buscó que el nivel de capital fuera más acorde con todos los tipos de riesgo asumidos. Es decir, hubo un propósito fiscalizador que evalúe a las entidades financieras.
Firmados Nro. 168 / Lima, noviembre 24, 2011

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